DECRETOFORAL de la Diputaci贸n Foral de Bizkaia 118/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Hist贸rico de Bizkaia. DECRETO FORAL de la Diputaci贸n Foral de Bizkaia 91/2018, de 3 de julio, por el que se aprueban las Normas T茅cnicas de Valoraci贸n Catastral de los bienes inmuebles
Orden25/2020, de 13 de febrero, de la Consejer铆a de Hacienda y Administraciones P煤blicas, por la que se aprueban las normas para la aplicaci贸n de los medios de valoraci贸n previstos en el art铆culo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los bienes inmuebles de naturaleza urbana en el 谩mbito de los Impuestos
Ley58/2003, de 17 de diciembre, Gene-ral Tributaria (en adelante LGT), dispo-ne que el valor de las rentas, productos, bienes y dem谩s elementos determinantes de la obligaci贸n tributaria podr谩 ser com-probado por la Administraci贸n tributaria mediante diversos medios, entre los que destacan para la valoraci贸n de bienes in- ORDENDE 30 DE NOVIEMBRE DE 1994 sobre Normas de Valoracion de Bienes inmuebles para determinadas entidades financieras. Texto Original (BOE) Citas 16 Citado por An谩lisis 5 Relacionados. Vincent. Marginal: BOE-A-1994-27365: Secci贸n: I - Disposiciones Generales: Emisor: Ministerio de Economia: felipede lama, la Orden ECO/805/2003, m茅todo de an谩lisis cualitativo, valoraciones. La legislaci贸n y el m茅todo aplicable a la valoraci贸n de un inmueble depende
Letraa) del n煤mero 2 del art铆culo 78 redactada por el n煤mero veinticuatro del art铆culo 煤nico de la Orden EHA/3011/2007, de 4 de octubre, por la que se modifica la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoraci贸n de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras (芦B.O.E.禄 17 octubre).
Principiode probabilidad. Seg煤n el cual se elegir谩 el escenario m谩s probable ante varias posibilidades de elecci贸n. Principio de proporcionalidad. Bajo este principio, los informes de tasaci贸n se han de elaborar con la amplitud adecuada teniendo en cuenta la peculiaridad del objeto de valoraci贸n. Principio de prudencia.
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